sábado, 25 de septiembre de 2010

La inconsistente propuesta de seguridad ciudadana presentada por Fuerza Social

La inconsistente propuesta de seguridad ciudadana presentada por Fuerza Social

En la página A2 de El Comercio del 21 de septiembre de 2010 se han publicado las propuestas de seguridad que promueve en su realización Fuerza Social, en caso de acceder a la Alcaldía de Lima. Sobre el particular se propone textualmente, entre otras cosas, lo siguiente:

"Liderar el sistema metropolitano de seguridad. Proponer la reforma de la Ley Orgánica de Municipalidades y la de la Policía Nacional del Perú para que el alcalde de Lima ejerza efectiva conducción sobre la Policía en la capital."

Esta propuesta, de implementarse, corre el grave peligro de trasladarse a todas y cada una de las alcaldías provinciales y distritales que tiene la República y considerando el carácter político de cada una de ellas, la Policía tendría que responder a políticas partidarias diversas, de manera que le haría perder la unicidad que ésta tiene para cumplir su finalidad constitucional, incumpliendo la política de orden y seguridad determinada por el Poder Ejecutivo. Esta situación podría conducirnos a un escenario de caciquismo ampliamente superado desde hace dos siglos, con una Policía que pierde su naturaleza unitaria, fragmentándose en diversas entidades que responden a políticas, planes y órdenes distintos.

No resulta cierto que, para lograrse esa efectiva conducción sobre la PNP, se requiera únicamente la reforma de la Ley Orgánica de Municipalidades y la de la Policía Nacional del Perú, sino que además, que entre otros dispositivos legales, se requiere modificar tanto la Ley de Bases de Descentralización como la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en las que se señala con el carácter de competencias exclusivas las relacionadas con las que cumple la Policía Nacional del Perú, de acuerdo a su finalidad constitucional. Por ende, se requeriría también modificar la Constitución Política del Estado. Pareciera que la propuesta efectuada ha tomado como modelo la realidad política, social y jurídica del Estado Colombiano, en donde sus autoridades locales se involucran con cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del concejo. En aspectos relacionados con el orden público y dentro de esa lógica jurídica, su Constitución Política determina que el Alcalde es la primera autoridad de policía del municipio y que la Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante. Esto implicaría el intento de incorporar a nuestra legislación un aspecto aislado de la realidad jurídica colombiana, basada en un modelo de ordenamiento no solamente distinto al tradicional peruano, sino que además resulta incompatible, toda vez que, para su incorporación efectiva, sería necesario modificar radicalmente toda la estructura institucional del Estado, a fin de incorporar figuras e instituciones ajenas a su propia concepción doctrinaria. En este sentido, tendríamos que incorporar figuras incluidas en el ordenamiento colombiano que garantizan la adopción y ejecución de políticas unitarias de Estado, como aquella que determina que son atribuciones del Alcalde “Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador”, con lo que tendríamos que establecer una línea de dependencia directa entre el Presidente de la República, los Presidentes Regionales, los Alcaldes Provinciales y hasta el último Alcalde distrital del territorio peruano.

En consecuencia, la propuesta de pedir rendición de cuentas a los 108 comisarios de Lima supone una dependencia doble por parte de estos funcionarios hacia su dependencia directa del Poder Ejecutivo, del cual depende por Constitución y leyes de la República y hacia una segunda de carácter local, como sería la de los Alcaldes, situación que podría derivar en un conflicto de órdenes relacionadas con aspectos de seguridad pública o de Estado y las de seguridad ciudadana, así como a una relajación de la disciplina institucional.

Del análisis de las propuestas de Fuerza Social analizadas, serían impracticables y no adaptables a nuestra realidad jurídica, política y social, por los cambios radicales que tendrían que efectuarse de ser éstos aceptados y, en el tiempo, no podría realizarlos el próximo gobierno municipal.

Carlos Iriarte Chávarri.