La inconsistente
propuesta de seguridad ciudadana presentada por Fuerza Social
En
la página A2 de El Comercio del 21 de septiembre de 2010 se han publicado las
propuestas de seguridad que promueve en su realización Fuerza Social, en caso de
acceder a la Alcaldía de Lima. Sobre el particular se propone textualmente,
entre otras cosas, lo siguiente:
"Liderar
el sistema metropolitano de seguridad. Proponer la reforma de la Ley Orgánica
de Municipalidades y la de la Policía Nacional del Perú para que el alcalde de
Lima ejerza efectiva conducción sobre la Policía en la capital."
Esta propuesta, de
implementarse, corre el grave peligro de trasladarse a todas y cada una de las
alcaldías provinciales y distritales que tiene la República y considerando el
carácter político de cada una de ellas, la Policía tendría que responder a
políticas partidarias diversas, de manera que le haría perder la unicidad que
ésta tiene para cumplir su finalidad constitucional, incumpliendo la política
de orden y seguridad determinada por el Poder Ejecutivo. Esta situación podría
conducirnos a un escenario de caciquismo ampliamente superado desde hace dos
siglos, con una Policía que pierde su naturaleza unitaria, fragmentándose en
diversas entidades que responden a políticas, planes y órdenes distintos.
No resulta cierto que, para lograrse esa efectiva conducción
sobre la PNP, se requiera únicamente la reforma de la Ley Orgánica de
Municipalidades y la de la Policía Nacional del Perú, sino que además, que
entre otros dispositivos legales, se requiere modificar tanto la Ley de Bases
de Descentralización como la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en las que se
señala con el carácter de competencias exclusivas las relacionadas con las que
cumple la Policía Nacional del Perú, de acuerdo a su finalidad constitucional.
Por ende, se requeriría también modificar la Constitución Política del Estado.
Pareciera que la propuesta efectuada ha tomado como modelo la realidad
política, social y jurídica del Estado Colombiano, en donde sus autoridades
locales se involucran con cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los
decretos del gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del concejo. En aspectos
relacionados con el orden público y dentro de esa lógica jurídica, su
Constitución Política determina que el Alcalde es la primera autoridad de
policía del municipio y que la Policía Nacional cumplirá con prontitud y
diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo
comandante. Esto implicaría el intento de incorporar a nuestra legislación un
aspecto aislado de la realidad jurídica colombiana, basada en un modelo de
ordenamiento no solamente distinto al tradicional peruano, sino que además
resulta incompatible, toda vez que, para su incorporación efectiva, sería necesario
modificar radicalmente toda la estructura institucional del Estado, a fin de
incorporar figuras e instituciones ajenas a su propia concepción doctrinaria.
En este sentido, tendríamos que incorporar figuras incluidas en el ordenamiento
colombiano que garantizan la adopción y ejecución de políticas unitarias de
Estado, como aquella que determina que son atribuciones del Alcalde “Conservar
el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y
órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador”,
con lo que tendríamos que establecer una línea de dependencia directa entre el
Presidente de la República, los Presidentes Regionales, los Alcaldes
Provinciales y hasta el último Alcalde distrital del territorio peruano.
En consecuencia, la propuesta de pedir rendición de cuentas a
los 108 comisarios de Lima supone una dependencia doble por parte de estos
funcionarios hacia su dependencia directa del Poder Ejecutivo, del cual depende
por Constitución y leyes de la República y hacia una segunda de carácter local,
como sería la de los Alcaldes, situación que podría derivar en un conflicto de
órdenes relacionadas con aspectos de seguridad pública o de Estado y las de
seguridad ciudadana, así como a una relajación de la disciplina institucional.
Del análisis de las propuestas de Fuerza Social analizadas,
serían impracticables y no adaptables a nuestra realidad jurídica, política y
social, por los cambios radicales que tendrían que efectuarse de ser éstos
aceptados y, en el tiempo, no podría realizarlos el próximo gobierno municipal.
Carlos Iriarte Chávarri.